Cédulas de habitabilidad
Como viene definido en la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), las obras de edificación deben ser dirigidas y supervisadas por un grupo de profesionales, formado por el Director de la Obra, el Director de Ejecución Material de la Obra y el Coordinador de Seguridad y Salud.
La cédula de habitabilidad es el documento que acredita que una vivienda, local u otro edificio destinado a albergar personas, reúne las condiciones mínimas de medidas, higiene e instalaciones adecuadas para su función. Es imprescindible disponer de ella para contratar los servicios de electricidad, agua, gas y telecomunicaciones, así como muy recomendable para cualquier venta o alquiler. Por norma general las cédulas de habitabilidad caducan a los 10 años.
Como Arquitecto Técnico mi trabajo se centra en la redacción del Certificado de habitabilidad, en la elaboración del plano de emplazamiento, así como en la certificación de una fotografía exterior de la vivienda. Para ello será imprescindible visitar la vivienda o local.
No obstante, para agilizar y simplificar el proceso a mis clientes, también ofrezco realizar todos los trámites administrativos necesarios, desde la visita al inmueble, hasta la entrega de la cédula concedida.
Documentación necesaria:
– Dirección de la vivienda.
– Datos del propietario.
– Escritura, registro de la propiedad u otro documento análogo que acredite la propiedad de la vivienda.
– La última cédula concedida o documentación que acredite haber tenido. Para ello puede servir una recibo de luz o de gas,o similar. (sólo pararenovaciones de cédulas).
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